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Archive for junio 2012

Volumen específico, gramaje y grosor del papel

“Quiero un papel grueso” o «quiero un papel con cuerpo», son frases habituales que se oyen a muchas personas intentando transmitir una idea sobre el tipo de soporte impreso que desean y que debe ser interpretada por los profesionales de las artes gráficas. También se usa “gramaje” como indicativo de un tipo de papel determinado, pero para interpretarlo correctamente debemos distinguir entre tres conceptos básicos muy importantes a la hora de seleccionar el tipo de papel: el gramaje, el grosor y el volumen, tres propiedades relacionadas entre sí.

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  • El gramaje es el término más utilizado y hace referencia al peso del papel (en gramos por metro cuadrado) y que muchas veces se confunde con el grosor. Un papel de 90 g/m² indica exactamente eso, que si cortamos un pliego de 1 metro cuadrado, su peso sería de 90 gramos, con lo que se nos facilita el cálculo del peso por resma o palé. Por ejemplo, es importante tenerlo presente cuando se preparan envíos por correo y donde un peso elevado incrementaría los gastos.
  • El grosor se mide con un micrómetro, e indica la distancia entre las dos superficies del papel en micras -µm- (milésimas de milímetro). Este concepto afecta a la estabilidad, al tacto y sobre todo al grosor del producto final impreso. Por ejemplo, un libro con muchas páginas puede tener un lomo final muy grande.
  • El volumen específico define la relación entre el grosor y el gramaje. Cuanto más volumen tenga un papel, más grueso y más ligero será. Sin embargo un papel de bajo volumen será más compacto, más fino y más pesado. Esto es debido a la proporción de aire y cargas que contiene entre sus fibras, siendo más suave el papel de bajo volumen y viceversa.

La relación para calcular estos tres valores, y por los que están relacionados, es la siguiente:

Gramaje = Grosor / Volumen
Grosor = Gramaje X Volumen
Volumen = Grosor / Gramaje

Por ejemplo, podemos tener dos tipos de papel, ambos de 130 g/m², pero uno con 234 µm de grosor y otro con 143. El volumen lo calcularíamos dividiendo ambos valores y obteniendo como resultado que uno tendrá un volumen de 1,8 (ligero y grueso) y otro de 1,1 (compacto y fin0). Aproximadamente a partir de 1.3 cm³/g ya podemos empezar a considerar que un papel es volumen.

Conclusión

El volumen específico, o “bulk” en inglés, es un factor muy importante en la producción editorial y nos influye en la percepción del resultado final de un trabajo. Si queremos dar la impresión de un libro grueso, rico en contenido, deberá utilizarse un papel de alto volumen. Si la idea es que haya mucho texto pero seguir manteniendo un lomo del libro fino, un papel de bajo volumen será más apropiado. He visto a impresores muy expertos -y de los que he aprendido tantas cosas- adivinar el gramaje simplemente con el tacto, frotándolo con los dedos, pero este método tan sólo servía para los tipos de papel más normales y usuales. Nunca se arriesgaban con papeles volumen y papeles especiales, por algo sería.

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La página de créditos o de derechos en los libros

Muchos autores que editan sus propios libros desconocen la legislación sobre inscripciones registrales que su obra debe cumplir. Además de los datos técnicos y de derechos que el autor desee reflejar, siempre deberemos de solicitar el número de registro en el Depósito Legal de la comunidad autónoma de que se trate, inscripción que es gratuita y que la puede pedir el propio impresor. Si además la obra se va a comercializar, también habrá que solicitar el I.S.B.N., aunque por este trámite, en cambio sí habrá que pagar. Aparte de legislaciones más técnicas sobre copyright, derechos de autor o propiedad intelectual, tendremos que reflejar e incluir una serie de datos, normalmente en las páginas preliminares, en lo que llamamos página de créditos o derechos.

Dependiendo del tipo de libro y del ajuste de páginas en los cuadernillos, el orden de las páginas iniciales comienzan con la página de cortesía (en blanco), la portadilla (título) y la portada (título, subtítulo, nombre del autor y logo o nombre de la editorial). Tras esta última se coloca la página de créditos, en el anverso de la portada, siendo la primera página par impresa del libro.

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Lo que en ella se refleja puede variar dependiendo del tipo de publicación de que se trate y de la cantidad de datos que haya, pero generalmente incluiremos los siguientes:

  • Título de la obra
  • Personas o empresas que aparte del editor y autor han participado en la obra, como traductor, revisor, ilustrador diseñador, maquetador, autor de la cubierta o de las fotografías…
  • El número de la edición con la fecha de que se trata.
  • Autor con el símbolo de copyright si corresponde.
  • Editor con el símbolo de copyright si corresponde y también la forma de contacto si lo desea.
  • Depósito Legal. En los siguientes enlaces tenemos información relativa a como obtenerlo y para que tipo de publicaciones es necesario, además de poderlo solicitar. http://www.bne.es/es/Colecciones/Adquisiciones/DepositoLegal/
  • I.S.B.N. (International Standard Book Number – Número Internacional Normalizado del Libro) http://agenciaisbn.es/web/index.php o I.S.N.N. (International Standard Serial Number – Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas) https://sede.bne.gob.es/SedeElectronica/es/TramitesServicios/ISSN/index.html
  • La frase reglamentaria “Printed in Spain” para identificar el país en donde se ha impreso.
  • Pie de imprenta con el año de impresión, También se puede añadir la dirección y datos de contacto del impresor.

Personalmente lo he puesto en contadas ocasiones, pero también puede contener otros datos menos comunes, como por ejemplo la ficha bibliográfica, las licencias eclesiásticas o imprimatur, ex libris del autor… aunque nunca pondremos las dedicatorias y agradecimientos, que irán en páginas distintas.

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Algunas veces se añade una advertencia, más o menos contundente, contra los que copien o reproduzcan parte del contenido sin autorización o permiso del poseedor de los derechos. Estas frases ya construidas, las podemos encontrar, transcribir y adaptar de cualquier otro libro que tengamos a mano. Teóricamente esta prohibición ya está implícita en el copyright, por lo que su omisión no quiere decir que se pueda utilizar los contenidos de la obra libremente.

Aunque la colocación espacial de estos datos en la página pueden ser variados y no trato de dar una norma fija, se suele marginar todo a la izquierda, utilizando un cuerpo entre 6 y 9, empleando negritas o cursivas o versalitas para distinguir las distintos apartados comentados.

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Conclusión

Como diseñadores editoriales o maquetadotes de libros, es nuestro cometido reflejar en lugar, forma y manera apropiada todos los datos correspondientes en la página de créditos. Pero aunque no sea nuestra obligación, también en ocasiones debemos aconsejar a los autores/editores sobre los trámites necesarios para que un libro sea “legal” y pueda llegar tanto a las bibliotecas nacionales o autonómicas, así como de la forma de identificar de manera única a un libro o producto de editorial publicado de cara a su comercialización. Las personas o instituciones que vayan a realizar una publicación con fines comerciales pueden solicitar un I.S.B.N., aunque si la publicación no va a ponerse a la venta no tiene ningún sentido pedirlo.